Estado inmaduro, colaboración o injerencia imperialista: historia del acuerdo sobre la asignación de un asesor militar estadounidense para el Canciller panameño en 1942
La Historia Republicana de Panamá ofrece diferentes episodios marcados por las intervenciones a nivel polÃtico, diplomático y militar por parte de los Estados Unidos. Sin embargo, no siempre fue Estados Unidos quien intervenÃa unilateralmente para garantizar sus intereses, en varios episodios entendidos como intervención, Estados Unidos realmente actuó en consecuencia de alguna solicitud expresa por parte de autoridades panameñas. Para muestra, un hecho curioso y poco conocido ocurre en la década de 1940, cuando en el contexto de la segunda Guerra Mundial y en medio de un escenario de tensiones polÃticas, sociales y económicas en el Istmo, se establece el Acuerdo sobre la asignación de un militar como asesor del Canciller panameño, firmado el 7 de julio de 1942 (Navas Pájaro, 1999, p. 262).
Este acuerdo fue firmado por la parte panameña por Ernesto Jaén Guardia Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Panamá en Washington, mientras que, por la parte estadounidense firmo Cordell Hull Secretario de Estado de los Estados Unidos de América. El militar asignado y mencionado en el documento, para efectos de la implementación del acuerdo fue el Coronel Horace S. Eakins, quien se habÃa desempeñado en diferentes cargos en el ejército de Estados Unidos en el área de salud y seguridad alimentaria para las tropas.
El acuerdo en cuestión se realiza a través de las gestiones del Ministerio de Relaciones Exteriores panameño durante el gobierno de Ricardo Adolfo de la Guardia Arango -quien asume el cargo de presidente tras un golpe de Estado a Arnulfo Arias Madrid el 9 de octubre de 1941- por intermedio de su predecesor, cuñado y también Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Ernesto Jaén Guardia (Pizzurno Gelós & Araúz, 1996, p. 289).
Este acuerdo estableció entre otras cosas: a) aspectos descriptivos del servicio dispensado por el militar y la duración de la asesorÃa por tiempo de un año prorrogables, asà como los elementos y términos para poner fin al acuerdo y la forma en que se reemplazarÃa al militar en cuestión; b) el acuerdo establecÃa los requisitos y condiciones del servicio. Asà pues, establecÃa que el militar asignado para asesorar al ministro de relaciones exteriores ocuparÃa el cargo con el mismo rango militar de Coronel, además de utilizar uniforme para el desempeño de sus funciones. Ante cualquier acción considerada como una falta por la parte panameña, el militar solo serÃa procesado por la normativa militar de los Estados Unidos. Este serÃa solamente responsable en tareas para el Ministerio de Relaciones y debÃa mantener compartimentada información sensible o secretos de estado de los cuales se enterase en el ejercicio de su función. Este punto establece algunas prerrogativas en el marco de derechos laborales del militar norteamericano; c) el acuerdo establece los términos para la remuneración del militar en el ejercicio de su función. La remuneración quedara bajo la responsabilidad del gobierno panameño, estableciendo el pago, el último dÃa de cada mes y libre de cualquier impuesto o deducción existente o que fuese creada en el periodo posterior a la entrada en vigor del acuerdo, este punto contempla las responsabilidades de Panamá: el transporte del militar, la asignación de una oficina con todas las condiciones para el desempeño de su función, también se consideraba la asignación de una vivienda, automóvil con chofer, los términos de gastos médicos y de hospitalización para el militar y su familia, asà como las vÃas en caso de fallecimiento del militar o un familiar (el acuerdo entiende expresamente a la familia por su esposa e hijos).
Es necesario mencionar que para este momento sociohistórico la República de Panamá y los Estados Unidos de América habÃan suscrito diferentes acuerdos como lo fue la Solicitud de Tierras (1940); Convenio sobre Arrendamiento de Sitios de Defensa en la República de Panamá conocido como Convenio Fábrega – Wilson, el Memorándum de los Sitios de Defensa y sus anexos del 18 de mayo de 1942; otros Sitios de Defensa solicitados después del 18 de mayo de 1942.
No hay un contexto claro para la firma de este acuerdo en la documentación revisada, ello nos lleva a establecer la siguiente pregunta ¿cuál o cuáles fueron los objetivos para la firma del Acuerdo sobre la asignación de un militar como asesor del Canciller panameño? No queda, claro cuales eran los objetivos, sobre todo si se toma en consideración los importantes emolumentos que este militar estadounidense asignado como asesor recibÃa de parte del gobierno panameño. No obstante, lo que si queda claro es que el acuerdo se mantiene intacto hasta 1962, cuando se hacen algunas modificaciones a solicitud del embajador de Estados Unidos en Panamá el señor Joseph Farland a través de la nota 218 del 20 de septiembre de 1962 dirigida al ministro de Relaciones Exteriores panameño Galileo SolÃs. En esta nota para extensión y reajuste del acuerdo se incluyen nuevos elementos, asà pues, se remplaza la figura de un solo militar asignado y su familia por una misión militar con las mismas prerrogativas establecidas para el militar, y la asesorÃa no solo serÃa al ministerio de relaciones exteriores, Agricultura, Comercio e Industria
Esta acción del gobierno panameño para solicitar un militar como asesor del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, se da en un contexto de la Segunda Guerra Mundial y se enmarca en un conjunto de actitudes de autoridades panameñas a lo largo de la historia, que buscan afanosamente el perfeccionamiento del modelo transitista (Castro Herrera, 2018), evidencia de ello son un conjunto de demandas establecidas en el Memorándum de los 12 puntos que el embajador de Panamá en Washington, D.C. Carlos Brin presentase al presidente de los Estados Unidos Franklin D. Roosevelt. Estados Unidos comprendÃa bien la idiosincrasia de los gobernantes panameños y por ellos establecÃa nuevos términos para adquisición o arredramiento de tierras o ampliaba acuerdo previamente establecidos, en aras de sostener el control del Canal de Panamá. Por otro lado, a finales de la década de 1950 en algunos cÃrculos académicos en los Estados Unidos se empieza a discutir de forma crÃtica sobre el ocaso de la polÃtica exterior de los Estados Unidos frente al canal de Panamá (Travis & Watkins, 1959).
En la actualidad, frente al escenario cada vez más cambiante en la geopolÃtica mundial, la tendencia a la multipolaridad es una constante. Sin embargo, en Panamá realidad polÃtica es compleja, y parece que los procesos mundiales adquieren otra temporalidad en esta geografÃa: un gobierno con una cuestionable condición de constitucionalidad y un alto nivel de desaprobación polÃtica, conflictividad y tensiones con sectores sociales, un estancamiento de la economÃa y los altos niveles de criminalidad, cuya evidencia se refleja en crÃmenes atroces y desapariciones que instalan la idea de inseguridad permanente en la ciudadanÃa. El presidente José Raúl Mulino disipa los mecanismos internos de interlocución, reconstrucción del tejido social y exacerba la incapacidad gubernamental para la resolución de conflictos en los términos de la acción colectiva con arreglo a fines, estableciendo una narrativa que nos retrotrae al escenario de la Guerra FrÃa de mitad del siglo XX con descalificativos y la caracterización de izquierda a quienes le cuestionan, asà como una agenda de paÃs para un sector empresarial insaciable altamente excluyente y desigual.
Lo descrito en este texto sobre la solicitud de una asesorÃa militar estadounidense por parte de Panamá a mitad del siglo XX, se puede volver hacer realidad en el periodo postreversión del canal, en pleno 2025. Las declaraciones del presidente Mulino, sobre la urgencia de solicitar asesorÃa externa (Estados Unidos) para hacer frente a la crisis de la criminalidad parece un hecho, más con la presencia de tropas estadounidenses en suelo panameño, lo que nos lleva a reflexionar sobre si es Panamá en la actualidad un Estado inmaduro incapaz de desarrollar su propia polÃtica de seguridad nacional o se trata de la colaboración entre paÃses amigos. Â
Referencias bibliográficas
 Castro Herrera, Guillermo. (2018). Panamá, un territorio en tres tiempos. Tareas, 158, 5-15. https://www.redalyc.org/journal/5350/535055132001/
Navas Pájaro, Luis. (1999). Panamá: Nación, Estado y Canal. Revista Cultural LoterÃa, Edición Extraordinaria, p. 503.
Pizzurno Gelós, Patricia, & Araúz, Celestino Andrés. (1996). Estudios sobre el Panamá Republicano (1903-1989). Manfer, S.A.
Travis, Martin B., & Watkins, James T. (1959, abril 1). Control of the Panama Canal: An Obsolete Shibboleth? Foreign Affairs, 37(3). https://www.foreignaffairs.com/articles/panama/1959-04-01/control-panama-canal-obsolete-shibboleth
El autor es estudiante de la MaestrÃa en Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos del Centro Regional Universitario de Panamá Oeste.


