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El Reglamento Orgánico del Régimen Interno: La Ley Suprema de la Asamblea Nacional

Por: Leisa Ramos Atkinson | Publicado el: 12 agosto 2025



En el estudio del Derecho Parlamentario y Constitucional panameño, la facultad reglamentaria de la Asamblea Nacional de Diputados y, específicamente, la emisión de su Reglamento Orgánico del Régimen Interno es un tema de capital importancia. Este es un punto neurálgico para comprender no solo la autonomía de nuestro Órgano Legislativo, sino también la dinámica interna que rige su funcionamiento y, por ende, su capacidad para cumplir con sus deberes constitucionales.

En la doctrina constitucional moderna, se reconoce ampliamente el principio de autonomía parlamentaria, que dota a los cuerpos legislativos de la capacidad de establecer sus propias normas de organización y funcionamiento interno. Esta autonomía es un corolario indispensable de la separación de poderes y garantiza que el poder legislativo pueda ejercer sus funciones sin injerencias indebidas de los otros órganos del Estado.

En Panamá, la facultad del pleno para dictar Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional no es una mera concesión, sino un atributo inherente a su naturaleza como uno de los tres poderes del Estado y lo establece el numeral 17 del artículo 159 de la Constitución Política, que desarrolla la función legislativa del Órgano Legislativo. Se trata de una potestad de autorregulación que le permite ordenar sus deliberaciones, procedimientos, estructuras y la conducta de sus miembros, de modo que pueda desempeñar eficazmente sus roles de legislar, fiscalizar y controlar. Este no es un simple reglamento administrativo; por su contenido y su función, posee una naturaleza constitucional en el ámbito legislativo. Simplemente es la "ley interna" de la Asamblea Nacional, un marco normativo que organiza su vida institucional.

El Reglamento Orgánico abarca una amplia gama de materias, estructurando todo el quehacer parlamentario: instalación de la Asamblea Nacional, dignatarios, comisiones, sesiones, debates, votaciones, funciones judiciales y administrativas, entre otros.

En síntesis, el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional no es solo un conjunto de normas; es la expresión más palpable de la autonomía de la Asamblea Nacional y la hoja de ruta que permite a los diputados cumplir con su mandato constitucional. Su estudio y comprensión son esenciales para cualquier análisis serio sobre el funcionamiento del sistema político panameño y la labor de nuestro Órgano Legislativo.

La autora es abogada y docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas del Centro Regional Universitario de Colón.

 

La responsabilidad de las opiniones expresadas y la publicación de los artículos, estudios y otras colaboraciones firmadas, corresponde exclusivamente a sus autores, y no la posición del medio.

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