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La Carrera de Servicio Legislativo, pilar de la Administración Pública

Por: Leisa Ramos Atkinson | Publicado el: 01 julio 2025



La modernización y eficiencia de la Administración Pública son elementos cruciales para el desarrollo sostenible y la gobernanza democrática de cualquier Estado. En este contexto, la Carrera de Servicio Legislativo emerge como un instrumento fundamental para profesionalizar, garantizar la idoneidad técnica y otorgar la estabilidad laboral a quienes ejercen funciones en el Órgano Legislativo.

En Panamá, la Constitución Política de 1972 con sus reformas posteriores, erigió el marco normativo que estableció la Carrera de Servicio Legislativo, sin embargo, presenta desafíos significativos para su implementación plena y efectiva. Este artículo se propone analizar la configuración de la Carrera de Servicio Legislativo en la legislación panameña, examinando su alcance, sus limitaciones y los retos que persisten para consolidar un servicio público basado en el mérito y la profesionalización.

La Constitución Política de la República de Panamá en su título XI desarrolla el servicio público, sentando las bases para el establecimiento de las carreras públicas, entre estas, la Carrera de Servicio Legislativo. El principio rector es la búsqueda de la eficiencia y la transparencia en la función pública, así como la garantía de estabilidad para los servidores públicos idóneos.

El artículo 305 de la Carta Fundamental es la piedra angular que instituye las carreras públicas en Panamá, entre las que enumera la Carrera del Servicio Legislativo, reconociéndola como un pilar trascendental de la organización estatal, explícitamente en la Asamblea Nacional de Diputados. Lo normado implica que el ingreso, estabilidad y la salida de la Carrera del Servicio Legislativo no debe depender de la discrecionalidad política, sino de criterios objetivos y transparentes basados en el mérito, la capacidad y la idoneidad.

Este marco constitucional propicia un servicio público parlamentario profesionalizado, estable y despolitizado, donde el ingreso y la permanencia se sustenten en criterios técnicos y de desempeño, y no en la afiliación política o el favoritismo. Sin embargo, la efectividad de las carreras públicas en Panamá, en general, presentan un alcance limitado y enfrenta diversas limitaciones inherentes a su desarrollo legislativo.

Si bien es cierto, la Constitución establece los principios generales de las carreras públicas, deja a la ley el desarrollo de los detalles específicos para cada una de estas: la carrera judicial, administrativa, diplomática, docente, etc. La existencia de estas carreras especializadas evidencia un reconocimiento de la necesidad de profesionalización en ámbitos críticos del Estado.

Fue la Ley 12 de 10 de febrero de 1998 la que desarrollo la carrera instituida por la Carta Magna con la finalidad de regular las relaciones de trabajo de los servidores públicos que prestan servicios en la Asamblea Nacional. Esta Ley ha sufrido varias modificaciones: por la Ley 16 de 8 de febrero de 2008, Ley 39 de 30 de mayo de 2017 y en el año 2023 por la Ley 353 del mismo año.

La materialización plena de las carreras públicas en Panamá ha sido un desafío. Por ejemplo, la normativa vigente reconoce la existencia de cargos de libre nombramiento y remoción, generalmente vinculados a puestos de confianza o de alto nivel político. Si bien son necesarios para la operatividad del gobierno, su uso excesivo o indebido erosiona el espíritu de la ley, al no quedar claramente delimitados los criterios para clasificar estos puestos. La línea entre un cargo de confianza y uno técnico, sujeto a carrera, es a menudo difusa.

El caso de la carrera administrativa es digno de un artículo independiente. Históricamente, diversos intentos por reconocerla han enfrentado resistencia política y sectorial. Esto ha llevado a una disparidad en las condiciones laborales y los sistemas de ingreso entre distintas entidades, fomentando la discrecionalidad en la gestión de personal.

La gestión de un sistema de Carrera del Servicio Legislativo efectivo requiere de recursos adecuados para concursos, capacitación y evaluación de desempeño. La dotación de los recursos necesarios acarreará de forma indubitable una Administración Pública eficiente, imparcial y profesional, esencial para el buen gobierno y la provisión de servicios de calidad a la ciudadanía.

La ambigüedad en la clasificación de cargos y la persistencia de prácticas clientelistas representan desafíos significativos. El camino hacia una plena profesionalización del servicio público legislativo es un imperativo democrático que requiere voluntad política, reformas legislativas y un compromiso sostenido con la cultura del mérito.

La autora es abogada y docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas del Centro Regional Universitario de Colón.

 

La responsabilidad de las opiniones expresadas y la publicación de los artículos, estudios y otras colaboraciones firmadas, corresponde exclusivamente a sus autores, y no la posición del medio.

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