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La Letra Muerta de los Derechos de las Mujeres y las Niñas en Panamá

Por: Claudia Figueroa Pino | Publicado el: 08 julio 2021



Han pasado 22 años desde que la Asamblea Nacional aprobó la Ley 4 de 1999, con la cual Panamá definió su política pública para la Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y las Niñas. Pero, a pesar del mandato legal y del tiempo transcurrido, casi en su totalidad, las obligaciones y derechos establecidos ahí, no han salido de la Gaceta Oficial.

La necesidad de esta ley radica en la deuda de justicia social, que tiene el Estado panameño con la mitad de la población del país. Sin embargo, la urgencia de su implementación se evidenciará con mayor magnitud en los próximos meses, cuando se estudien las dimensiones de la crisis económica y social, profundizada por la pandemia de la Covid-19.

No obstante, la situación de la mujer en Panamá evidencia la ausencia de ésta política y de la acción del Estado, antes de la llegada de la pandemia. Por ejemplo, en el mundo del trabajo la brecha salarial entre hombres y mujeres en 2019, fue de entre 10% y 78%, donde las mujeres en cargos directivos ganaron 10% menos que los hombres, las mujeres en el sector servicios, de ventas en comercios y mercados, ganaron 20% menos que los hombres y las mujeres en el sector agropecuario recibieron 78% menos salario que los hombres, todas en promedio en el mismo sector, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censo.

Mientras que en uno de los dos únicos indicadores que Panamá presenta para el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) No.5, sobre igualdad de género, dentro del último informe voluntario sobre los avances del país en la Agenda 2030, el porcentaje de mujeres en cargos directivos cayó de 48.5% en 2018, a 47.7% en 2019, a pesar que las mujeres sobrepasaron en casi el doble a los hombres, en el total de personas egresadas de las universidades, tanto públicas como privadas, en todo el país, también según el Instituto de Estadística y Censo.

En otros temas más graves, como el derecho de las mujeres y en especial de las niñas a una vida libre de violencia, el mandato de Ley 4 de 1999 es que todas y todos los funcionarios públicos, como autoridades locales, de policía, judiciales, educativas y de salud, deberían estar capacitados para prevenir, detectar y atender la violencia sicológica, física y sexual hacia las mujeres y las niñas en su ámbito de responsabilidad. Quizás, si esto se hubiera cumplido y además se hubieran hecho las campañas de información masiva para prevenir, identificar y denunciar estos hechos, que se señalaron en la Ley, se podrían haber evitado o detectado tempranamente las agresiones sexuales y físicas contra niñas y niños, que se dieron a conocer a inicios de este año 2021, tanto en comunidades empobrecidas del interior del país, como en los albergues bajo responsabilidad estatal.

Igualmente, en los 2 mil 450 casos de violación y otros delitos sexuales denunciados en el Ministerio Público, entre enero y mayo de 2021, que en gran parte quedarán impunes por la falta de mecanismos efectivos para la recolección oportuna de pruebas y la debida atención a las víctimas por personal policial capacitado en enfoque de género.

La Ley 4, también estableció la obligación de revisar y eliminar toda medida que vulnere los derechos de las mujeres. Pero, al contrario, normas que no les permiten decidir si esterilizarse o no y cuando hacerlo, aún son legales en Panamá, como lo dejó claro un fallo de la Corte Suprema de Justicia dado a conocer en marzo de 2021. 

Por otra parte, el sobre carga desproporcionada de las tareas de cuidado, no remuneradas y no reconocidas, hace muy difícil que las mujeres puedan cumplir con una jornada laboral efectiva de 8 horas y más fuera, del hogar. Ésta es una de las razones por las cuales la crisis de la pandemia ha afectado más a las mujeres, porque al tener que trabajar en la informalidad o en las tareas del hogar y de la familia, solo 39% del total de las mujeres en edad de trabajar en Panamá, que en 2019 eran un millón 597 mil 226 según el Instituto Nacional de Estadística y Centro, cuenten con acceso a los servicios y beneficios de la Caja del Seguro Social.

Hoy, más de dos décadas después y una pandemia, las mujeres siguen asumiendo las responsabilidades centrales de la familia, a pesar que el artículo 9 de la Ley 4 señala una lista de acciones para promover la distribución equitativa de las responsabilidades del hogar y establece la creación de servicios públicos, para facilitar la participación de las mujeres en el mundo del trabajo y fortalecer su autonomía económica.

 Esta inequidad, también se demuestra en la discriminación que se evidenció en las cifras del Ministerio de Trabajo, donde las empresas prefieren reactivar más contratos de hombres que de mujeres, con la reactivación de 62% de los contratos de los hombres, sobre 38% de los contratos de las mujeres.  

Ante esta realidad, es imprescindible que se comience a implementar la política educativa del artículo 17 de la Ley 4, para que se revisen y se eliminen los contenidos sexistas y estereotipados, que se observan en algunos textos y en los discursos de algunos docentes, desde la educación básica, que hoy son detectados en las pantallas de televisión, donde se presentan las clases por motivo de la pandemia. Los contenidos sexistas y estereotipados en el ámbito educativo, sustentan las ideas de la desigualdad de género en la sociedad y separan a las niñas de las disciplinas donde se toman las decisiones y donde los trabajos son mejor remunerados.

Todas estas situaciones de exclusión, afectan aún más a las mujeres y a las niñas con alguna discapacidad, de quienes ni siquiera se conocen sus condiciones reales porque no se cuenta con los datos que permitan conocer sus necesidades, así como las condiciones y necesidades de las mujeres indígenas, campesinas, afrodescendientes y de la diversidad sexual, todas con políticas públicas incumplidas contempladas en la Ley 4.

En este sentido, es imperante que se analice y se implemente la Ley de manera integral y que se realicen los estudios que permitan al Gobierno conocer las realidades de las mujeres de manera objetiva, desde las subjetividades de cada grupo, para que, a partir del conocimiento científico, se planifiquen los programas y proyectos para comenzar a trabajar en el cumplimiento de los derechos de las mujeres y las niñas en Panamá. Para lo cual, hay que empezar con las más empobrecidas, en concordancia con el principio de la equidad y de la justicia social pendiente, que tiene el Estado panameño con la mitad de su población.

La autora es Periodista y abogada

La responsabilidad de las opiniones expresadas y la publicación de los artículos, estudios y otras colaboraciones firmadas, corresponde exclusivamente a sus autores, y no la posición del medio.

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