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Soluciones para un Entuerto Curricular

Por: Eric Santamaría Vallejos ericsantamariavallejos955@gmail.com | Publicado el: 20 abril 2021



“sí un problema no tiene solución, no es en realidad un problema, sino más bien una realidad”.(Proverbio chino)

Introducción

Con el inicio del nuevo semestre académico aflora un problema que estaba latente, y es que un número significativo de estudiantes graduandos de las carreras de “Licenciatura con énfasis en educación primaria”, ya culminado su plan de estudio dentro del pensum curricular del programa viejo, a la hora de efectuar la revisión de sus créditos en la Secretaría General de la institución, se encuentran con la desagradable sorpresa, en algunos casos, se le quiere aplicar la exigencia de una revisión curricular al tenor de un plan de estudio nuevo, desatendiendo la normativa aplicable para estos menesteres, que se explica en un epígrafe más adelante; el cual resulta con el incremento en algunos casos de dieciocho (18) nuevas asignatura y en otros casos, (33) treinta y tres asignaturas.

La aludida situación (problema) está ocasionando en la actualidad un estado de emociones encontradas, de incertidumbres generando malestares, derivando en caldeados ánimos de los estudiantes graduandos de la Facultad de Ciencias de la Educación, no sólo en el Centro Regional Universitario de Panamá Oeste, sino que, además, en el campus central, y dentro de breve tiempos, en todos los centros regionales universitarios del país.

Nuestra intención es traer a colación los argumentos que permitan la búsqueda de la solución de un problema, es decir, hacia la luz de su resolución.

Antecedentes

1.- El cierre del Plan de Estudios 2002 de la Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en Primaria (viejo), el mismo tendrá vigencia hasta diciembre de 2014 para los estudiantes que han aprobado más de la mitad de los créditos correspondientes del plan de estudio del “énfasis en primaria” (Art. 301 del Estatuto de la Universidad de Panamá 2009). A partir del primer semestre de 2015 la Secretaría General coordinará con la Dirección de Informática para el bloqueo de los códigos del plan viejo.

2.- Lo aprobado en la reunión del Consejo de Ciencias Sociales y Humanística No.1-13, celebrada el 17 de enero de 2013. (Creación de la Licenciatura en Educación Primaria).

3.- Lo aprobado en la reunión N°.CF-CSH-6-14, celebrada el 24 de julio de 2014. (La apertura de manera condicional de la Licenciatura en Preescolar, hasta tanto se presente el informe por parte de la Comisión Académica).

4.- Lo aprobado en la reunión N°CF-CSH-10-14, celebrada el 11 de diciembre de 2014. (En cuanto a las carreras de “Técnico en Educación Preescolar y Licenciatura en Educación Preescolar) *A partir del primer semestre de 2018 la Secretaría General, coordinará con la Dirección de Informática para el BLOQUEO DE LOS CÖDIGOS del plan viejo.

5.- Lo aprobado en la reunión N°CCR-10-14, celebrada el 12 de diciembre de 2014. (Se aprobó la apertura de la Licenciatura en Preescolar, para el año académico 2015, en el Centro Regional Universitario de Coclé) (Se aprobó la apertura de la carrera de Licenciatura en Educación Preescolar, en el Centro Regional Universitario de Coclé, Programa Anexo de El Copé).

6.- Lo aprobado en la reunión N°CCR-1-16 del 22 de enero de 2016 (Se aprobó la apertura de la Licenciatura en Educación Prescolar en el Centro Regional Universitario de Los Santos).

7.- Lo aprobado en la reunión N°CCRN-3-15, celebrada el 8 de mayo de 2015. (Se aprobó la Licenciatura en Educación Primaria, para la Extensión Universitaria de Soná).   

8.- Lo aprobado en la reunión N°CCR-02-16, celebrada el 10 de marzo de 2016. (Se aprobó ratificar la apertura de la carrera de Licenciatura en Educación Primaria, en el Programa Anexo de Portobelo del Centro Regional Universitario de Colón). (Se aprobó la apertura de la Licenciatura en Educación Preescolar en la Extensión Universitaria de Soná en Veraguas). (Se aprobó la apertura de la carrera de Licenciatura en Educación Primaria para el Programa Anexo de Tonosí).

9.- Lo aprobado en la reunión N°CCR-3-16, celebrada el 17 de marzo de 2016. (Se aprobó la apertura de la Licenciatura en Educación Primaria para los Programas Anexos de Lajas Blancas y Unión Chocó).

Normativa Legal:

Para los efectos de la presente propuesta, se ha tomado como base legal el Estatuto Universitario de la Universidad de Panamá, específicamente la “Sección Séptima, referentes a los Planes de Estudios y Títulos Académicos”.

Artículo 301

Recoge los aspectos curriculares en el momento de la actualización de una carrera y serían los siguientes:

  • Si un estudiante, al momento de la actualización de su carrera, tiene aprobado el 50% o más del pensum, continuará con el plan de estudios no actualizado, hasta su graduación. Pero, que sucede si en el intento, ¿las autoridades cierran el plan viejo? La norma no recoge de manera explícita esta variante. Entonces, privará lo consuetudinario, que sería que aquellas asignaturas del plan viejo que no tengan equivalencias se deberán homologar con algunas del plan nuevo, (Vgr). Lo ocurrido algunos años en la Facultad de Empresas y Contabilidad (FAECO). Se buscaron alternativas de solución para aquellos estudiantes que finalizaron el programa de “licenciatura en administración de empresas marítimas”. Una vez cerrado el plan viejo del programa, quedaron algunas materias pendientes con el plan nuevo que fueron homologadas. Para aquellos, que tienen una aprobación inferior al 50%, se les reconocerá las aprobadas y no se le exigirá aquellas, que estén en los semestres aprobados, pero tendrá que aprobar las que se encuentran posteriores al semestre convalidado, por ejemplo, si el estudiante se encuentra en el 3er semestre y no llega al 50%, tendrá esos semestres del plan viejo y le resta aprobar del 4to semestre en adelante del plan nuevo
  • En la eventualidad, que del plan viejo no se impartan, habrá que hacerse una tabla de equivalencias

Argumentación de hechos:

1.- A pesar de la existencia de la comunicación remitida por la Secretaria General de la institución con nota No.85-13 SGP con fecha de 18 de enero de 2013, en la cual se indica lo aprobado por el Consejo de Ciencias Sociales y Humanística en su reunión No.1-13 del 2013, carece de lógica que los estudiantes que tenían más del 50% de sus asignaturas cursadas, pudieran cursar el resto de las asignaturas en un (1) año.

2.- Verificar si lo aprobado por el Consejo de Ciencias Sociales y Humanísticas en su reunión No.1-13 del 2013, fue debidamente coordinada con todos los Centro Regionales Universitarios y las debidas oficinas de coordinación académica de la Facultad de Ciencias de la Educación en cada Centro Regional Universitario, a fin de que todos los estudiantes involucrados en la modificación del plan de estudios, estuviesen en iguales fases del desarrollo curricular de las asignaturas pendientes para ser implementadas en los semestres con iguales afinidades organizativas en cada unidad académica para que de esta manera, cumplir en la fecha dada según el acuerdo.

3.- Constatar si se dieron las pesquisas curriculares de coordinación entre el decanato de la Facultad de Ciencias de la Educación debidamente certificadas de cada reunión de coordinación con las sedes regional universitarias que desarrollaban el plan de estudios de las carreras de “Licenciatura con énfasis en educación primaria”, para poner en ejecución lo acordado por el Consejo de Ciencias Sociales y Humanística No.1-13 del 2013.

4.- Verificar si la Dirección de Informática de la Universidad de Panamá, en cumplimiento con lo acordado por el Consejo de Ciencias Sociales y Humanística No.1-13 del 2013, dio por finalizada el plan viejo del 2002, bloqueando a partir del primer semestre de 2015, de la plataforma los códigos de las asignaturas de la “licenciatura con énfasis en educación primaria”.

Plan de acción:

  • Realizar un censo de la población afectada, que comprenda un diagnóstico de la situación curricular de cada estudiante graduando según el desarrollo de la administración curricular propia de la carrera, en función de las particulares contextuales de cada unidad académica que desarrolló el programa de ambas licenciaturas.
  • Si la población de estudiantes graduandos afectada es significativamente numerosa, esto denota que la gestión curricular de ambas salidas profesionales no contempló los efectos del cierre del plan viejo y a su vez debió haber una mejor coordinación con todas aquellas unidades académicas que desarrollan la carrera de la licenciatura en educación con énfasis en primaria, a fin de subsanar el presente entuerto curricular: Como consecuencias, entonces se puede:

*Sugerir el proceso de revertir por parte del Consejo Académico, el cierre del plan viejo, que solo debe beneficiar a la población censada

*Elaborar un Protocolo de Actuación en base al Artículo 301 del Estatuto Universitario, con carácter retroactivo, a fin de que beneficie a aquellos estudiantes que se le aplicó la injusta medida.

  • Es importante de igual manera, proveer lo que está ocasionando la puesta en desarrollo de un plan nuevo de estudios frente al cierre de un plan de estudio viejo y las debidas fiscalizaciones que generen sobre todo en cada centro regional universitario y muy en especial, en el campus universitario. De no atender las correspondientes medidas administrativas en la aplicación de una correcta pesquisa curricular de los planes de estudios, avizoramos igual complejidad de malestares con lo que puede suponer la aplicación de planes de estudios aprobados en los años 2013 y 2014.
  • A iguales medidas asumidas por la actual administración de la Facultad de Ciencias de la Educación, para atender y resolver los problemas curriculares que presentaron los estudiantes con el cierre de la Universidad de la Paz, en la cual se les aplicó lo establecido en nuestro estatuto universitario, podemos igualmente y con más compromisos, resolver la situación de los estudiantes graduandos de la “Licenciatura con énfasis en educación primaria”
  • Con el acuerdo que fue avalado por la Universidad de Panamá, el Ministerio de Educación y el Instituto Pedagógico Superior, sobre la validez de estudios universitarios por parte de la Universidad de Panamá, y la Facultad de Ciencias de la Educación en el cumplimiento de un plan de estudio que no fue administrado por la universidad ni la propia facultad, por una cuestión de cumplimiento académico, los expedientes de cada alumno graduando del Instituto Pedagógico Superior, que no reposaban en la propia facultad y con la intención de legalizar su estatus académico, en breve semanas previas a la graduación de esos estudiantes, la Facultad de Ciencias de la Educación, mostró su mejores niveles de disponibilidad para oficializar unos expedientes que no fueron curricularmente administrados por la mismas. Sin embargo, se registraron y finalmente se graduaron. La pregunta será: ¿sí las normas de nuestra universidad establecidas en el Artículo 301 del estatuto universitaria están bien claras, por qué no podemos resolver una situación en la cual los estudiantes graduandos de nuestra facultad le asiste todo el derecho que le otorga la ley aunando a todos los antecedentes que se ha venido aplicando a otros estudiantes graduandos ajenos a la propia institución?

La “intención consiente” del presente escrito, sirva de acicate, para que las altas autoridades universitarias estén informadas sobre decisiones asumidas por la actual administración de la facultad, sobre situaciones similares y tomen carta en el asunto, ya que Confucio decía “El hombre que ha cometido un error y no lo corrige comete otro error mayor”.  

El autor es Docente de la Facultad de Ciencias de la Educación

La responsabilidad de las opiniones expresadas y la publicación de los artículos, estudios y otras colaboraciones firmadas, corresponde exclusivamente a sus autores, y no la posición del medio.

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