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Violencia domestica

Por: Eveleen Quiñonez O. sulenaeveleen@gmail.com | Publicado el: 21 julio 2020



La violencia intrafamiliar, llamada también "violencia doméstica" se refiere "a las distintas formas abusivas que caracterizan de modo permanente o cíclico las relaciones familiares; ya sea por una acción o conducta dirigida hacia uno o varios miembros de la familia, que le cause la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psíquico o cualquier tipo de daño".

En este sentido, la violencia doméstica es entendida de diversas formas, de allí que existen distintos conceptos que de una manera u otra reúnen la idea común de lo que significa este tipo de violencia.

Sin embargo, existen quienes señalan que es el acto cometido dentro de la familia por uno de sus miembros que perjudica la vida, el cuerpo, la integridad sicológica o la libertad de otro de sus miembros y que en su mayoría son las mujeres, los niños/as, las ancianas/os, sus principales víctimas.

Es importante señalar, que el 23 de julio de 2001 se publicó la Gaceta Oficial 24,350 en la que aparece la Ley 38 de 10 de julio de 2001, que adiciona y reforma algunos artículos del Código Penal, del Judicial y deroga artículos de la Ley 27 sobre violencia intrafamiliar.

La Violencia doméstica es el abuso del cónyuge o pareja, pero también puede ser hacia un niño o a cualquier miembro de la familia, este tipo de violencia puede provocar desde lesiones hasta contusiones o fracturas. Uno de los factores son los celos. Esto sucede cuando las personas no son tolerantes para aceptar lo que piensa o siente las otras personas, terminan maltratando tanto física como verbalmente.

Ella empieza con maltratos, insultos, desprecios y agresiones como romper platos, aventar cosas y hasta llegar a los empujones, cachetadas y pueden llegar a matar a el afectado.

Para denunciar la violencia doméstica en Panamá hay que acudir a las siguientes instalaciones:

  • Corregidurías más cercanas.
  • Centro de Recepción de Denuncias (DIJ). Teléfono: 507-3493/507-3498.
  • Centro de Recepción de Denuncias del Ministerio Público: 5073498 (24 horas)
  • Juzgados Nocturnos. ...
  • Fiscalías Especializadas en Asuntos de la Familia y el Menor. ...
  • Policía Nacional, y en el caso de Darién en SENAFRONT.

Hay que señalar, que la ley 38 contempla el desarrollo de políticas públicas tendientes a coordinar, promover, desarrollar y supervisar programas de divulgación, a través de los medios de comunicación, destinados a prevenir y a erradicar la violencia y a divulgar la ley; además de programas de capacitación para el personal de la policía, de salud. Esta responsabilidad corre a cargo del Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia. Se establece, además, la obligatoriedad de todos los centros de salud, cuartos de urgencia, centros médicos y hospitalarios, clínicas y consultorios, sean privados o públicos de atender los casos de violencia doméstica.

La autora es Estudiante de Periodismo

La responsabilidad de las opiniones expresadas y la publicación de los artículos, estudios y otras colaboraciones firmadas, corresponde exclusivamente a sus autores, y no la posición del medio.

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