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El comerciante y la importancia de los registros contables

Por: Elizabeth Lezcano Tello | Publicado el: 12 febrero 2023



La regulación del comercio y de los actos de comercio que ejecutan los comerciantes con ánimo de obtener lucro, obliga a estos a someterse a las disposiciones de la ley mercantil; y llevar la contabilidad mercantil, conservar la correspondencia y libros o registros contables que tengan relación con su negocio; y, a rendir cuentas. Así, el Código de Comercio (2022) en su artículo 28 establece “es comerciante el que, teniendo capacidad legal, realiza por profesión y en nombre propio actos de comercio”. Así en la compraventa de bienes y servicios se materializa la habitualidad de ejercer el acto de comercio con ánimo de lucro, pero, que según, Sáenz A. (2015) como sujeto generador de derechos y obligaciones de naturaleza mercantil y que se presupone su condición y que no requiere la mayor certeza jurídica puesto que su actividad plantea status indubitable y la excepcionalidad en la que requiere la carga probatoria.

En cuanto a la contabilidad como lenguaje de los negocios permite registrar e interpretar datos económicos básicos para ser utilizados por los comerciantes, gobiernos y demás instituciones en la planificación de sus actividades comerciales. este procedimiento matemático se plasma en los registros contables que pueden ser libros de contabilidad o medios electrónicos.

Asimismo, la importancia de los registros contables la podemos resumir en los siguientes términos.

  • Admite el registro ordenado de las transacciones mercantiles ejecutadas por el comerciante.
  • Nos permiten conocer los antecedentes, cartera de clientes, créditos por cobrar, deudas por pagar y otros datos relevantes de la empresa.
  • Los registros contables se constituyen en una carga probatoria, toda vez que la contabilidad es fuente fidedigna de información financiera frente a terceros, tales como: bancos, proveedores, inversionistas, el Estado y otros.
  • Le permite a quien bien los entiende tomar las mejores decisiones en los negocios, fundamentado sobre el sistema de contabilidad aplicado.
  • Estos registros deben ser claros, sin tachones además de legibles porque constituyen la prueba tasada contra o a favor del comerciante.

Reflexionemos, sobre las consecuencias de no llevar el registro de ingresos y gastos. Motiva dar a conocer que la rendición de cuentas es una obligación del comerciante de llevar el registro contable de los ingresos y gastos que le genera el ejercicio del acto de comercio como actividad lucrativa regulada por la legislación fiscal y comercial positiva en Panamá y de no hacerlo se incurre en fraude fiscal. Al respecto afirma Osorio M. (1999) que el impuesto sobre la renta es el Ingreso regular que produce un trabajo, una propiedad u otro derecho, una inversión de capitales, dinero o privilegio, utilidad, fruto, rendimiento o provecho de una cosa.”

Los beneficiarios del registro de las transacciones mercantiles son: el mismo comerciante porque comprobara la utilidad de los registros confiables, el Estado por que gravara los ingresos del comerciante recaudando impuestos.

Los afectados si no se llevan registro de las transacciones mercantiles son:  el Estado en caso de fraude fiscal, si el comerciante no rinde cuenta de sus ganancias en el ejercicio del comercio. Los ciudadanos se verán afectados por el fraude fiscal del comerciante. Toda vez que la no declaración de ingresos no pagara impuestos que son los ingresos que el Estado necesita para realizar las obras sociales como carreteras, hospitales, subsidios, otros.

En conclusión, es esencial que el comerciante tenga registros contables. Si no se lleva registro de ingresos y gastos confiables se rehúye el pago de los impuestos al Fisco incurriendo en fraude fiscal y se disminuirá así la recolección de impuestos que son ingresos que contribuirán al desarrollo socioeconómico del país. La proliferación de sociedades anónimas que ejecutan actos de comercio declarando menos ingresos de los que perciben o no declarando exige la contabilidad como instrumento de medición entre ingresos y gastos.

La autora es Doctora y profesora de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá

La responsabilidad de las opiniones expresadas y la publicación de los artículos, estudios y otras colaboraciones firmadas, corresponde exclusivamente a sus autores, y no la posición del medio.

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