La Bioética y derechos humanos en la formación de los doctorandos en Ciencias de la Comunicación social de la Universidad de Panamá
“Una ciencia de la supervivencia debe ser más que una ciencia sola,
y por consiguiente se propone el término “bioética” para poder enfatizar los dos
más importantes componentes para lograr la nueva sabiduría: conocimiento biológico y valores humanos” Van Rensselaer Potter Biothics: The Science of survival (1970)
Excelente oportunidad resulta la oferta académica, del Doctorado en Ciencias de la Comunicación, impartida por la Facultad de Comunicación Social de Universidad de Panamá, a 33 participantes, comunicadores, algunos que ejercen su labor docente, que viajan desde diferentes áreas , para participar en el programa, como lo son: provincias de Chiriquí, Veraguas, Colón, Chorrera y de la ciudad capital del país.
El entusiasmo embarga al grupo que inició el 24 de junio y culminó el 6 de agosto, la primera asignatura de Investigación Avanzada en Comunicación I, a cargo de la Dra. Juana Suárez, con clases presenciales y virtuales, inmediatamente se inicia el 12 de agosto, hasta el 3 de septiembre de 2022, la segunda materia de Bioética y Derechos Humanos, facilitada de manera dinámica e interactiva, por la Dra. Nadia Noemí Franco Bazán.
Resulta de gran valía para los futuros doctores el obtener conocimiento e información sobre la Bioética y derechos humanos, como parte de su formación académica y preparación para la aplicación en sus diferentes áreas de trabajo, por ejemplo, los docentes con sus estudiantes, al realizar docencia informativa sobre lo comprendido, analizar estudios de casos, como lo desarrolló la Dra. Franco en las sesiones de las clases como una técnica de estudio sobre situaciones de la vida real para analizar con las soluciones.
Una de las definiciones puntuales, que podemos rescatar, la describe la (Enciclopedia de la Bioética del Instituto Joseph I. Rose Kennedy, 1978) que bioética estudia la conducta humana en las ciencias biológicas y la salud a la luz de los principios y valores morales.
Con los derechos humanos se lucha de manera incansable por la preservación la dignidad humana a través de la historia, con acuerdos que plasmen los estándares que garanticen justicia y la paz social. En esa acción procura los Objetivos del Milenio en el 2020, de avanzada se da la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en busca de igualdad y salir de la pobreza que afecta a muchas personas.
Como doctorandos de este programa es imperativo, poder comprender los Principios Fundamentales de la Bioética, para hacerlos valer y compartir con las generaciones futuras, que se forman y de una sociedad que clama por su aplicación, aquí y ahora, así lo expresa Bernardita Berti García; estos son: El Principio de respeto por la vida humana (eminente de la bioética, por ser el que guía e inspira la aplicación de los demás, reconocido por las ciencias médicas y las jurídicas). el terapéutico o de totalidad, (imperativo de respeto a la vida, el objetivo de la medicina es procurar el bien del paciente, éste, acota la “proporcionalidad de las terapias”, evaluar la física, espiritual y moral de la persona en proporción a los riesgos y daños que acarrea Vs los beneficios que se esperan. Decisión de una persona informada tendrá resultados sin conflicto.
El de libertad (defensa de la vida como valor primero). El de sociabilidad y de subsidiariedad (compromiso a considerar su propia vida y la de los demás como un bien no sólo personal, sino también social). justifica la donación de órganos y tejidos, aunque implique alguna mutilación en el donador. el ayudar en mayor medida a las personas que necesitan necesarios cuidados.
En ese sentido la Conferencia General de la UNESCO, aprobó en octubre de 2005, la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, los Estados miembros se comprometían con la comunidad internacional, a respetar y aplicar los principios fundamentales de la bioética, la dignidad humana y la Integridad personal: principio de privacidad y confidencialidad, de Igualdad, justicia y equidad, de no discriminación y no estigmatización (Ningún individuo debe someterse en violación de la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales, a discriminación o estigmatización alguna de respeto de la diversidad cultural y el pluralismo, de solidaridad y cooperación, de Responsabilidad social y salud, de aprovechamiento compartido de los beneficios, de Protección de las generaciones futuras, de protección del medioambiente, la biosfera y la biodiversidad.
Beneficios y Efectos Nocivos, la práctica médica y las tecnologías conexas, se deben potenciar los beneficios directos e indirectos para los pacientes, los participantes en las actividades de la investigación, como lo es las investigaciones científicas en la universidad de Panamá que cumplen con lo estipulado para investigar, desde pregrado, grado, postgrados, maestrías y doctorados.
El principio de Autonomía y responsabilidad Individual, la facultad de adoptar decisiones con responsabilidad al respetar la autonomía de los otros al proteger sus derechos e intereses debe ser el fin último.
Con el de consentimiento: intervención médica preventiva, con previo consentimiento, bien informado con sus bondades y afectaciones, el cual podrá ser revocarlo cuando lo considere, sin que este represente perjuicio alguno.
La investigación se debe llevar previo consentimiento, libre, expreso e informado de la persona interesada. Las investigaciones en grupo de personas con sus representantes legales.
Significativo es que la casa de Méndez Pereira en el 2013, a través del Vicerrector de Investigación y Postgrado, Dr. Juan Gómez, designa un grupo técnico a cargo del Dr. Cesar Garrido, para la redacción de un reglamento para formar un comité de bioética de la investigación (CBI), así se cumple con de los objetivos del reglamento de la investigación de la Universidad de Panamá, el cual funge en evaluar los proyectos de investigación con seres humanos y todo lo relacionado con ello el desarrollo de programas en bioética de la investigación , entre otros.
El contar con normas Nacionales como la Ley 84 del 14 de mayo de 2019. Ley 81 del 26 de marzo de 2019, Decreto Ejecutivo N°6 sobre CNBI 2015, Reglamento del CBUP 2014, Reglamento del Sistema de Investigación UP 2012, Ley 68 del 20 de noviembre de 2003, Reglamento del Comité de investigación y Bienestar Animal CEIBA-UP 2019 las normas Internacionales, Guías CIOMS, UNESCO Declaración Universal Bioética 2005, Belmont Report en Español, BPC Documento de las Américas, Código de Núremberg, Declaración Helsinki Brasil 2013, la Ley 84 del 14 de mayo de 2019, que Regula y promueve la investigación para la salud de forma integral , establece el marco regulatorio para las buenas prácticas en investigación para la salud.
Existe mucha información lo que significa que no estamos ajenos a importancia y aplicabilidad de la bioética y los derechos humanos, como doctorando, no queda mucho que aprender y hacer docencia como comunicadores para que la sociedad este informada. Coincidimos con Van Rensselaer Potter Biothics, que la bioética tiene los dos componentes de la nueva sabiduría: conocimiento biológico y valores humanos, siempre ir de la mano.
La autora es Periodista y Docente de la Facultad de Comunicación Social de la Universidad de Panamá


